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Proyecto de ley busca eliminar el 4x1000 entre cuentas del mismo titular
La iniciativa propone que los traslados entre cuentas, depósitos e inversiones de un mismo titular no paguen 4x1000, incluso si están en entidades diferentes.
Lunes, Agosto 3, 2026
El representante a la Cámara Daniel Briceño , del Centro Democrático, radicó un proyecto de ley que busca eliminar el Gravamen a los Movimientos Financieros, conocido como 4x1000, sobre los traslados de dinero entre cuentas y productos financieros pertenecientes a un mismo titular.
La propuesta cobijaría a personas naturales y jurídicas que muevan recursos entre cuentas de ahorro, cuentas corrientes, depósitos electrónicos, tarjetas prepago, fondos de inversión, fiducias y otros productos financieros, incluso cuando estén abiertos en entidades diferentes.
La exención se aplicaría sin límite de monto y sin importar el número de cuentas involucradas, siempre que la entidad financiera pueda verificar que el origen y el destino de los recursos pertenecen a una misma persona o empresa.
El proyecto no plantea eliminar completamente el 4x1000. Los pagos a terceros, los retiros en efectivo, los cheques y las operaciones destinadas al consumo continuarían sujetos a las reglas actuales del impuesto.
La iniciativa ampliaría la exención vigente
La legislación colombiana ya permite que una persona tenga movimientos exentos del GMF hasta por 350 Unidades de Valor Tributario mensuales sobre el conjunto de sus cuentas.
Según la exposición de motivos del proyecto, ese límite equivale en 2026 a aproximadamente $18,3 millones mensuales. Una vez superado el tope, los movimientos adicionales pueden quedar gravados, incluso cuando se trate de trasladar dinero entre cuentas del mismo propietario.
La iniciativa busca eliminar esa restricción para las transferencias entre productos propios. Su argumento central es que no existe una transferencia de riqueza cuando el dinero permanece dentro del patrimonio de la misma persona.
De aprobarse, un usuario podría, por ejemplo, trasladar recursos desde una cuenta de ahorro hacia un CDT, una fiduciaria, un fondo de inversión o una cuenta de mayor rentabilidad en otra entidad sin asumir el costo del 4x1000.
Para una transferencia de $100 millones, el impuesto representa actualmente un costo de $400.000, cuando la operación no está cubierta por alguna de las exenciones legales.
Competencia entre bancos y movilidad del ahorro
La exposición de motivos sostiene que el impuesto funciona como una barrera para la movilidad de los recursos dentro del sistema financiero.
Los usuarios pueden evitar trasladar sus ahorros hacia entidades que ofrecen mejores tasas porque el costo tributario reduce o elimina la rentabilidad adicional que recibirían por cambiar de producto.
La propuesta pretende aumentar la competencia entre bancos, cooperativas, fiduciarias, comisionistas de bolsa y administradoras de inversión, al facilitar que los clientes movilicen su dinero sin pagar un impuesto cada vez que cambian de entidad.
La medida también tendría efectos sobre las tesorerías empresariales. Las compañías suelen mover recursos entre cuentas operativas, fondos de liquidez, depósitos remunerados y productos de inversión de corto plazo. Bajo la propuesta, esos traslados dejarían de pagar el gravamen siempre que las cuentas pertenezcan a la misma persona jurídica.
Las entidades tendrían que verificar la titularidad
El beneficio no se aplicaría automáticamente a cualquier transferencia. Las entidades financieras tendrían que comprobar que las cuentas involucradas pertenecen a un mismo y único titular antes de abstenerse de retener el impuesto.
El proyecto ordena utilizar los sistemas tecnológicos e interoperables previstos en el Estatuto Tributario para cruzar la información de los usuarios.
La DIAN y la Superintendencia Financiera de Colombia tendrían un plazo de seis meses, después de la promulgación de la eventual ley, para establecer los mecanismos de control y reporte.
El objetivo es evitar que la exención sea utilizada para fraccionar pagos, encubrir transferencias a terceros o eludir el impuesto mediante productos financieros registrados a nombre de diferentes personas.
La Superintendencia Financiera también podría imponer multas de hasta 1.000 salarios mínimos mensuales a las entidades que cobren el impuesto en operaciones exentas o que incumplan las obligaciones relacionadas con su aplicación.
La iniciativa exige, además, que los bancos mantengan mecanismos digitales gratuitos para que los usuarios puedan marcar o desmarcar las cuentas beneficiarias sin acudir presencialmente a una oficina.
El impacto fiscal todavía no está cuantificado
El principal interrogante del proyecto está en su efecto sobre las finanzas públicas.
De acuerdo con las cifras citadas en la exposición de motivos, el recaudo del GMF llegó a $16,2 billones en 2025 y alcanzó aproximadamente $7 billones durante el primer semestre de 2026.
Sin embargo, el documento reconoce que ni la DIAN ni la Superintendencia Financiera publican cuánto de ese recaudo proviene específicamente de transferencias entre cuentas de un mismo titular que superan el límite mensual de 350 UVT.
Por esta razón, el proyecto no presenta una estimación precisa de la reducción de ingresos que tendría el Estado. El autor propone solicitar al Ministerio de Hacienda un concepto técnico durante el primer debate para determinar el costo fiscal y su compatibilidad con el Marco Fiscal de Mediano Plazo.
La exposición de motivos plantea que la pérdida sería inferior a una proyección basada en el recaudo total, debido a que la mayoría de las operaciones gravadas corresponden a pagos o transferencias hacia terceros, que continuarían pagando el impuesto.
También deja abierta la posibilidad de implementar la exención de manera gradual o establecer topes transitorios si el Ministerio de Hacienda considera que la medida genera una presión significativa sobre las cuentas públicas.
Un impuesto creado como transitorio
El Gravamen a los Movimientos Financieros fue creado para atender la crisis financiera de finales de los años noventa y posteriormente quedó incorporado de manera permanente al sistema tributario.
Aunque el proyecto recuerda ese origen temporal, no propone desmontar el impuesto ni modificar su tarifa general del 0,4 %. La discusión se limita a definir si mover dinero entre productos de una misma persona constituye realmente un hecho que deba ser gravado.
La iniciativa comenzará ahora su trámite en el Congreso, donde deberá superar los debates reglamentarios y enfrentar el análisis del Ministerio de Hacienda, la DIAN, las entidades financieras y los legisladores.
Para los usuarios, la propuesta reduciría el costo de buscar mejores rendimientos y diversificar sus ahorros. Para las entidades financieras, aumentaría la presión por competir en tasas, servicio y productos. Para el Estado, el debate estará en determinar si esa mayor movilidad financiera compensa una reducción de recaudo cuya magnitud todavía se desconoce.