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Está listo el nuevo decreto para habilitar mataderos municipales
Dentro del nuevo Decreto, se introduce la figura de las plantas de beneficio animal de autoconsumo, autorizadas para suministrar carne y productos cárnicos comestibles a los municipios en los que se encuentren ubicadas.
Miércoles, Noviembre 29, 2023
El Gobierno de Colombia ha publicado el Decreto 2016 de 2023 con el objetivo de habilitar los mataderos municipales, una idea propuesta hace meses por el presidente Gustavo Petro. El Decreto, compuesto por 12 artículos, establece las reglas de funcionamiento para estos espacios.
Según el presidente Petro, esta medida permitirá reducir el precio de la carne y terminar con el monopolio de frigoríficos de carne de res, que ha culminado con la finalización de la figura del matadero municipal por parte de Invima. Dentro del nuevo Decreto, se introduce la figura de las plantas de beneficio animal de autoconsumo, autorizadas para suministrar carne y productos cárnicos comestibles a los municipios en los que se encuentren ubicadas.
Sin embargo, el Decreto 2016 ha recibido críticas significativas. El exministro de Agricultura, Andrés Valencia, argumenta que el decreto puede poner en riesgo los mercados de exportación de carne colombiana. Entre las exigencias para la creación de estas nuevas plantas, están ubicarse en un municipio de categoría 5° o 6°, que no contenga plantas de beneficio de categoría animal y que estén incluidas en el Plan de Racionalización de Plantas de Beneficio animal departamental.
El gobierno acaba de expedir el Decreto 2016 de 2023 que habilita la operación de los extintos mataderos. El Decreto tiene varias perlas que significan un retroceso en materia de salud pública y podría poner en dificultades los mercados internacionales para la carne colombiana.🧵 pic.twitter.com/Zhd5T082F1
— Andrés Valencia (@AndrsValencia9) November 29, 2023
Además, se contempla la figura del auxiliar del Inspector Oficial, quien apoyará en las responsabilidades de los establecimientos en cuanto a garantizar la inocuidad de la carne y productos cárnicos comestibles.
El articulo tres del decreto propone la implementación de un Programa de Verificación Microbiológica, con un plazo máximo de 12 meses para el Invima expedir los lineamientos necesarios. Se destaca la flexibilización del Sistema de Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control (HACCP) tanto para las plantas de beneficio de categoría nacional como a las plantas de autoconsumo.
Según Valencia, esta medida es un retroceso en materia de salud pública y podría afectar el comercio internacional de carne colombiana. Valencia también critica la disposición que permite el transporte de alimentos de diferente riesgo sanitario en el mismo vehículo, sugiriendo que podría llevar a problemas de corrupción dado que Invima y las secretarías de salud deberían inspeccionar los transportes de alimentos como medida de prevención.
El Decreto también avala que en estos mataderos municipales se destruya y desnaturalice la carne y productos cárnicos decomisados, siempre que se cuente con autorización sanitaria y la infraestructura mínima necesaria para su correcta disposición.
El decreto establece un plazo de transición de tres años y medio para que las autoridades competentes verifiquen el cumplimiento de las condiciones higiénico-sanitarias en las instalaciones de beneficio, desposte, desprese, almacenamiento, expendio, y transporte.