Carta al CEO

Flexibilidad laboral: Un paso hacia adelante

Desde el 15 de julio comenzó a regir la medida de reducción de la jornada laboral, pasó por ahora de 48 a 47 horas, pero la apuesta gradual es que quede en 42 para 2026.
Martes, Julio 18, 2023

Por: Pablo Morales Mosquera; editor Revista C-Level. 

 

Tras la pandemia, los sistemas de trabajo variaron. El covid-19 trajo consigo una menor dependencia de espacios físicos en oficinas, la evolución del home office, e incluso, la posibilidad de cumplir con las metas de cada cargo en diversas franjas horarias. Este giro fue determinante para que los empleados migrarán, en cierta medida, de la heteronomía, a la autonomía laboral. 

 

Pero la dicha duró más bien poco. Dos años después del Coronavirus, 97% de los empresarios colombianos optaron por el retorno a las oficinas y las jornadas rígidas de antaño. ¿Hubo entonces un retroceso en materia de autonomía y autogestión laboral? 

Ahora, tras la más reciente reforma laboral, mucho se ha hablado en los últimos días sobre la necesidad que tiene Colombia de iniciar una discusión seria sobre el tema, especialmente frente a la posibilidad de una mayor flexibilización, un paso que pondría al país adelante, en estándares de competitividad similares a los de otras economías que ya han dado este debate. 

Desde el 15 de julio comenzó a regir la medida de reducción de la jornada laboral, pasó por ahora de 48 a 47 horas, pero la apuesta gradual es que quede en 42 para 2026, según lo consignado en la Ley 2101 de 2021.

Cabe mencionar que esta nueva medida no implica la reducción del salario, de las prestaciones que reciben los trabajadores, ni de las obligaciones adquiridas por el empleador en la relación contractual. 

De acuerdo con la Ley, la distribución de la jornada de trabajo semanal se deberá acordar entre trabajador y empleador en cinco o seis días a la semana, garantizando al menos un día de descanso para el empleado. Además, el número de horas trabajadas podrá variar de día a día, con un mínimo de cuatro horas y un máximo de nueve horas trabajadas por día.

Pero nada es gratis en la vida. La más reciente reducción de la jornada trae consigo impactos colaterales en materia de flexibilidad. Se eliminan gradualmente las dos horas semanales de recreación, cultura, deporte o capacitación (Ley 50 de 1990, art. 21). Una vez se implemente la jornada de 42 horas semanales, se excluye también la jornada familiar semestral trazada en la Ley 1857 de 2017, art. 3. 

Lo cierto es que esta nueva medida puede llegar a ser insuficiente para algunos. Los trabajadores de hoy, quieren tener opciones dentro del marco regulatorio constitucional, de establecer con un alto grado de flexibilidad, la forma en la que quieren realizar su trabajo. 

Esta dinámica, y la diversidad de opciones de ocupación del tiempo personal de los trabajadores, sumado a la inmersión de generaciones diversas en los esquemas productivos, comienza a requerir de nuevas formas de realizar el trabajo. 

La falta de flexibilidad de las jornadas de trabajo se presenta como una limitante para ajustarse a los nuevos requerimientos de una sociedad que dista mucho de la que existía antes de la pandemia. 

Los trabajadores de hoy, quieren tener opciones dentro del marco regulatorio constitucional, de establecer con un alto grado de flexibilidad, la forma en la que quieren realizar su trabajo. 

Dentro de estas formas se hace prioritario, dar la posibilidad de acumular horas al día, para no tener que trabajar durante, por ejemplo, tres días de la semana.

Igual poder distribuir las horas en las que se quiere trabajar, durante los días que se quiere o se pueda trabajar. Esta flexibilidad le permite a los trabajadores, estructurar de diversas formas, sus tiempos de estudio, familiares y personales.

 

Vivimos tiempos diferentes. No podemos aplicarle a las situaciones o problemas actuales, soluciones que fueron efectivas para situaciones o problemas pasados. La realidad actual exige ideas más innovadoras y flexibles. 

 

Es tiempo de pensar en esquemas de trabajo con jornadas ampliadas y modificables que permitan incluso, de manera anualizada, estructurar las nuevas formas de trabajo. El beneficio que esto traería para la generación de trabajo, y la mano de obra, es insospechado, y sin precedentes.