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Nueva ley en Colombia cambia reglas para scooters y patinetas eléctricas

La Ley 2486 de 2025 impuso nuevas reglas para scooters eléctricos y endureció sanciones por incumplimientos viales.
Miércoles, Mayo 13, 2026

El crecimiento acelerado de scooters eléctricos y vehículos de movilidad personal en Colombia llevó al Gobierno a expedir la Ley 2486 de 2025, norma que establece nuevas condiciones de circulación, seguridad y sanciones para este tipo de transporte urbano.

La regulación aplica para vehículos eléctricos livianos impulsados por motor eléctrico de hasta 1.000 vatios, incluyendo scooters, mopeds eléctricos y bicicletas eléctricas diseñadas para uso individual en entornos urbanos.

La nueva legislación busca ordenar un mercado que creció rápidamente sin una regulación clara sobre circulación y seguridad vial.

Entre las principales disposiciones está que los usuarios deben tener mínimo 16 años para conducir estos vehículos. El incumplimiento puede generar inmovilización inmediata.

Límites de velocidad y circulación

La ley también define dónde pueden circular este tipo de vehículos.

Los scooters eléctricos deberán movilizarse por ciclorrutas o infraestructura destinada a bicicletas. En ausencia de estas vías, podrán utilizar el carril derecho de vías urbanas autorizadas.

Además, quedó prohibida su circulación por andenes, aceras y zonas peatonales.

Los límites máximos establecidos son:

Zona de circulaciónVelocidad máxima
Cicloinfraestructura25 km/h
Vías urbanas permitidas40 km/h

La normativa también exige casco obligatorio, luces delanteras y traseras, elementos reflectivos en horarios nocturnos y señales direccionales.

Las multas pueden superar varios salarios mínimos

La Ley 2486 endurece además las sanciones para quienes incumplan las reglas de circulación.

Entre las conductas sancionables están transportar más de una persona sin autorización, circular por zonas prohibidas, no portar elementos de seguridad o exceder límites de velocidad.

Las multas podrían alcanzar hasta seis salarios mínimos legales vigentes.

La norma fue promulgada el 16 de julio de 2025 y entró en vigencia de forma inmediata.

Xiaomi adapta su portafolio a la regulación

En paralelo al nuevo marco regulatorio, Xiaomi destacó que varias referencias de su línea Xiaomi Electric Scooter ya operan bajo parámetros compatibles con la ley colombiana.

La Serie 6 de scooters eléctricos de la compañía incorpora velocidades limitadas a 25 km/h, motores entre 300W y 800W nominales y sistemas de seguridad como frenos E-ABS, iluminación reglamentaria y reflectores.

Entre los modelos presentados están:

ModeloCaracterísticas principales
Xiaomi Electric Scooter 6 LiteHasta 25 km de autonomía y motor de 300W
Xiaomi Electric Scooter 6Velocidad máxima de 25 km/h y autonomía de 45 km
Xiaomi Electric Scooter 6 MaxHasta 70 km de autonomía
Xiaomi Electric Scooter 6 UltraHasta 75 km de autonomía y frenos de disco dobles

Movilidad eléctrica entra en etapa más regulada

El avance de scooters y vehículos eléctricos personales está modificando la movilidad urbana en ciudades colombianas, especialmente en trayectos cortos y desplazamientos diarios.

La discusión ya no gira únicamente sobre movilidad sostenible, sino también sobre seguridad vial, convivencia urbana y regulación del espacio público.

La nueva ley marca un cambio importante para fabricantes, usuarios y autoridades locales, en un mercado donde la movilidad eléctrica liviana sigue creciendo rápidamente en Colombia.