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Tarifa mínima de vigilancia privada: gremios piden claridad regulatoria

La tarifa mínima de vigilancia privada es obligatoria, regulada e indexada al salario mínimo, advierten gremios del sector.
Jueves, Enero 15, 2026

La tarifa mínima de vigilancia privada volvió al centro del debate público luego de que gremios del sector rechazaran afirmaciones recientes que sugieren que el costo del servicio debería ajustarse por IPC o por oferta y demanda. Según el comunicado, en Colombia esta tarifa no es libre, sino regulada, obligatoria e indexada al salario mínimo, de acuerdo con el marco legal vigente.

Los gremios advierten que mensajes públicos que desconocen esta normativa generan confusión entre usuarios, copropiedades y empresas, e inducen decisiones que pueden derivar en ilegalidad, precarización laboral y riesgos en la prestación del servicio.

Tarifa mínima de vigilancia privada: un precio regulado por ley

De acuerdo con el comunicado, la tarifa del servicio de vigilancia y seguridad privada está regulada por el Estado y no responde a criterios de libre mercado. Su definición se sustenta en normas como el Decreto Ley 356 de 1994, el Decreto 73 de 2002, el Decreto 4950 de 2007, el Decreto 1561 de 2022 y resoluciones posteriores, que establecen que el servicio se expresa en SMLMV y se ajusta con el salario mínimo, no con el IPC.

Este esquema busca garantizar que el precio cubra salarios, horas extras, recargos, prestaciones sociales, dotación, supervisión y costos operativos, evitando que la competencia se base en la reducción de derechos laborales o en el deterioro de la operación.

El impacto económico y laboral del sector

El documento subraya que la vigilancia privada es un sector intensivo en mano de obra, que emplea cerca de 400.000 personas de manera formal. En promedio, los costos laborales representan alrededor del 85 % del valor total del servicio, mientras que los márgenes de utilidad no superan el 4 %.

Bajo esta estructura, afirmar que “se gana el doble por vigilante” es, según los gremios, una generalización sin sustento técnico, que desconoce la realidad financiera del sector y distorsiona el debate público.

Contratar por debajo del mínimo: ahorro aparente, riesgo real

El comunicado es enfático en que contratar por debajo de la tarifa mínima no constituye un ahorro, sino un riesgo jurídico y operativo. Una oferta inferior al estándar regulado es señal de incumplimiento normativo y puede derivar en evasión de obligaciones laborales, operación de empresas no habilitadas y afectaciones directas a la seguridad de hogares, conjuntos residenciales y comercios.

Además, se recuerda que tanto las empresas como los usuarios que contraten servicios ilegales pueden enfrentar sanciones económicas, incluyendo multas expresadas en SMLMV y la cancelación de licencias de funcionamiento.

Llamado a la autoridad y a la responsabilidad institucional

Los gremios reiteran que el sector es vigilado y controlado por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, ente rector encargado de fijar y supervisar el cumplimiento de la tarifa mínima.

En este contexto, solicitan un pronunciamiento oficial que aclare ante la opinión pública cómo debe aplicarse la tarifa mínima del servicio para 2026, con el fin de orientar correctamente a los usuarios y preservar la legalidad, la formalidad laboral y la sostenibilidad del sector.

Un debate que exige rigor técnico

El comunicado concluye con un llamado a que la discusión sobre los costos de la vigilancia privada se dé con rigor técnico, respeto por el marco legal y responsabilidad pública, evitando mensajes que desinformen o debiliten un sector clave para la seguridad y el empleo formal en Colombia.