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Fracking en Colombia: vacíos regulatorios frenan su desarrollo
El fracking no está prohibido en Colombia, pero los vacíos regulatorios frenan su desarrollo mientras crece la dependencia del gas importado del país.
Viernes, Septiembre 18, 2026
La exploración de hidrocarburos no convencionales mediante fracturación hidráulica no está prohibida en Colombia, pero su desarrollo comercial continúa limitado por vacíos regulatorios, exigencias ambientales y decisiones institucionales pendientes.
Así lo explicó Álvaro José Rodríguez, socio del área de Recursos Naturales e Hidrocarburos de Posse Herrera Ruiz, durante un episodio reciente del podcast de la firma. Su análisis pone el foco en la distancia que existe entre la posibilidad jurídica de explorar estos recursos y las condiciones necesarias para avanzar hacia su explotación.
La discusión coincide con un cambio en el mercado energético colombiano. Según lo expuesto en el episodio, el país perdió hacia 2024 su autosuficiencia en gas natural y comenzó a depender en mayor medida de las importaciones para responder a la demanda interna.
Las alternativas pasan por aumentar las compras externas o desarrollar nuevos recursos nacionales, convencionales y no convencionales. Sin embargo, la segunda opción requiere reglas técnicas, ambientales y sociales que permitan definir la viabilidad de los proyectos.
Una regulación que permanece vigente
Colombia estableció en 2014 los requerimientos técnicos para la exploración y explotación de hidrocarburos en yacimientos no convencionales mediante la Resolución 90341 del Ministerio de Minas y Energía.
Estas disposiciones fueron demandadas y posteriormente suspendidas de manera provisional por el Consejo de Estado, mientras la jurisdicción estudiaba los posibles riesgos ambientales de la actividad.
El episodio recuerda que una decisión judicial de 2022 optó por no anular la regulación técnica. De acuerdo con Rodríguez, las empresas que cuentan con los contratos correspondientes pueden adelantar actividades de exploración y solicitar las licencias ambientales requeridas.
Esto no significa que los proyectos tengan vía libre para llegar a una etapa comercial. Todavía deben resolverse aspectos regulatorios y ambientales relacionados con la explotación, el manejo del recurso hídrico, la supervisión técnica y la participación de las comunidades.
Evidencia científica y seguridad jurídica
Los hidrocarburos no convencionales corresponden a recursos de petróleo y gas alojados en formaciones geológicas que requieren métodos de extracción diferentes a los utilizados en los yacimientos tradicionales.
La fracturación hidráulica inyecta fluidos a presión para generar fisuras en la roca y facilitar la salida del recurso. Sus posibles efectos sobre las fuentes de agua, los ecosistemas y las comunidades han mantenido la técnica en el centro del debate ambiental y jurídico colombiano.
Para Rodríguez, cualquier decisión debe apoyarse en evidencia técnica que permita establecer tanto la viabilidad económica de los proyectos como sus riesgos.
“Es indispensable que la regulación brinde seguridad jurídica y técnica, garantizando que toda decisión sobre la viabilidad comercial del fracturamiento se fundamente estrictamente en resultados empíricos, resguardando siempre la integridad absoluta de las fuentes hídricas y el entorno ambiental del país”, afirmó Álvaro José Rodríguez, socio de Recursos Naturales e Hidrocarburos de Posse Herrera Ruiz.
La seguridad jurídica resulta relevante para las compañías con contratos vigentes, pero también para las autoridades encargadas de evaluar licencias y ejercer el control ambiental. Sin procedimientos definidos, los proyectos pueden permanecer en etapa exploratoria sin una ruta clara hacia su desarrollo comercial.
El abastecimiento de gas entra en la discusión
El debate sobre el fracking ya no se limita a la conveniencia de utilizar una técnica extractiva. También involucra la capacidad del país para garantizar su abastecimiento de gas natural y administrar el costo de una mayor dependencia externa.
El gas se utiliza en los hogares, el comercio, la industria y la generación térmica de electricidad. Por eso, una reducción de la oferta nacional puede traducirse en una mayor exposición a precios internacionales, costos de transporte y restricciones en la infraestructura disponible para importar el combustible.
Una eventual explotación de yacimientos no convencionales exigiría coordinación entre el Gobierno nacional, las autoridades ambientales, las entidades territoriales, las empresas y las comunidades ubicadas en las zonas de influencia.
Mientras no se completen esas condiciones regulatorias, ambientales y sociales, las empresas podrán avanzar en trámites exploratorios, pero el tránsito hacia la explotación comercial continuará sujeto a decisiones institucionales. Al mismo tiempo, Colombia deberá cubrir una parte creciente de su demanda con gas importado o con nuevos desarrollos convencionales.