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Las pymes podrían verse afectadas por la tasa mínima de tributación

La medida fiscal busca asegurar que ninguna compañía pague menos del 15% de tasa efectiva de tributación en el país.
Martes, Febrero 27, 2024

Colombia se enfrenta a un momento crucial en su política fiscal con la introducción de la tasa mínima de tributación o tasa de tributación depurada (TTD), un movimiento realizado en la reforma tributaria de 2022, como parte del compromiso del país con la OCDE, asegurando que ninguna compañía pague menos del 15% de tasa efectiva de tributación en el país.

Esta medida empezó a aplicar desde el año 2023, pero se empieza a pagar desde el 2024 y se ha extendido a todas las sociedades colombianas con ciertas excepciones, como zonas económicas especiales afectadas por el conflicto armado, concesiones, APPs, y algunas empresas editoriales y hoteles bajo condiciones específicas.

¿En qué consiste la TTD?

Este proceso inicia con la determinación de la utilidad fiscal, que se calcula partiendo de la utilidad contable antes de impuestos y aplicando ciertos ajustes especificados por la legislación. El resultado de esta operación es lo que llamamos "utilidad depurada". A continuación, siguiendo una fórmula se compara el impuesto pagado con unos ajustes sobre esta utilidad depurada o llamado impuesto depurado para determinar la tasa efectiva de tributación. Si ese resultado alcanzado resulta ser inferior al 15%, se activa el hecho generador del impuesto adicional, obligando a la entidad a pagar la diferencia hasta alcanzar, como mínimo, el 15% de tasa efectiva de tributación.

Aunque la adopción de esta medida refleja el compromiso del país con una tributación justa y mitigar la competencia tributaria internacional, se deben reconocer los desafíos que la medida representa, especialmente para las pequeñas y medianas empresas (pymes), que podrían verse afectadas por la complejidad y las exigencias del nuevo marco tributario.

En este contexto, Ricardo Ruiz, Socio Líder en Impuestos y Servicios Legales de KPMG en el marco de la 48 Jornada de Derecho Tributario, Derecho Aduanero y Comercio Exterior, destacó que la adopción temprana de esta medida por Colombia, siendo uno de los primeros países en hacerlo, presenta retos en el diseño e implementación para cumplir con los estándares de la OCDE. Por lo tanto, este escenario requiere un análisis cuidadoso por parte de las autoridades tributarias para adaptar la legislación local a los requisitos del acuerdo internacional.

Perspectivas para las pymes

“La tasa mínima de tributación plantea desafíos particulares para las pequeñas y medianas empresas (pymes) en Colombia. Dado que el impuesto se aplica a todas las sociedades, independientemente de su tamaño o madurez, las pymes pueden enfrentar dificultades debido a la complejidad del diseño del impuesto, especialmente aquellas que aún no han alcanzado su punto de equilibrio económico, dado que esta medida supone neutralizar los beneficios e incentivos tributarios que hubieren obtenido. Esto puede impactar negativamente su sostenibilidad y crecimiento”, expresó Ruiz.

Sin embargo, a pesar de los retos, la implementación de la tasa mínima de tributación abre un abanico de oportunidades para el tejido empresarial colombiano. Las excepciones aplicables, como las zonas económicas especiales y ciertos sectores industriales, ofrecen ventajas competitivas que pueden ser aprovechadas con el asesoramiento adecuado.

Este impuesto por primera vez contempla incluir a grupos de compañías; para entender mejor el funcionamiento de la medida, Ruiz destaca que “cada entidad hará su cálculo y se sumarán los resultados de todas las compañías, al hacer esto, algunas empresas van a tener tasas efectivas inferiores al 15% y tasas superiores al 15%, pero fruto esta consolidación, el Gobierno podrá establecer un promedio mucho más efectivo y más eficiente que permita mitigar el efecto del impuesto, que al final también busca la tributación de ese grupo a nivel jurisdiccional”. Esto permite combinar adecuadamente las compañías y llegar a un promedio que será objeto del gravamen por parte del grupo económico que consolida.

Adicionalmente, dentro de las oportunidades que genera esta medida, se encuentra la revisión estratégica de los beneficios fiscales que Colombia planea ofrecer para asegurar su eficacia dentro del nuevo marco tributario y su alineación con estándares internacionales. Esto permite maximizar el impacto positivo de los incentivos fiscales en sectores o iniciativas específicas, teniendo en cuenta que la tasa mínima de tributación podría reducir o incluso neutralizar estos beneficios si no se implementan correctamente.

Sin embargo se han detectado retos importantes del diseño del impuesto que preocupan a los empresarios porque contempla desviaciones relevantes al diseño que recomienda la OCDE generando casos de tributación en exceso sobre utilidades no realizadas fiscalmente. En ese sentido, “es necesario que el Gobierno Nacional logre establecer una mesa de trabajo con las compañías para desarrollar una suerte de regulaciones adicionales alrededor del impuesto que permita estar alineado con el estándar internacional”, puntualizó Ruiz.

Finalmente, cabe resaltar que es vital para atraer inversión extranjera que Colombia alinee sus reglas tributarias con las normas internacionales de la OCDE, minimizando desviaciones. La coherencia con estos estándares globales, respaldados por 136 países, asegura un entorno más predecible y justo para los inversores extranjeros, evitando tributaciones inconsistentes con las prácticas internacionales aceptadas.

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