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SIC sanciona a Movistar por uso indebido de datos personales

La SIC impuso una multa de $670 millones a Movistar por contactar a usuarios sin autorización previa, vulnerando el derecho a la privacidad.
Miércoles, Octubre 29, 2025

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) sancionó a Colombia Telecomunicaciones S.A. E.S.P. BIC (Movistar) con una multa de $670 millones por contactar a usuarios de otra empresa de telecomunicaciones con fines comerciales, sin contar con su autorización previa, expresa e informada.

Según la Delegatura para la Protección de Datos Personales, la compañía incurrió en incumplimientos relacionados con el tratamiento de datos personales al enviar mensajes de texto, comunicaciones por WhatsApp y realizar llamadas telefónicas no consentidas.

Violación al habeas data y reiteración de la conducta

La investigación se originó tras una denuncia ciudadana, y tras revisar el recurso de apelación, la SIC confirmó la sanción argumentando que este tipo de prácticas vulneran el derecho fundamental al habeas data, protegido por la Constitución y las leyes colombianas.

“Las actividades de prospección comercial sin autorización previa no son conductas menores, sino violaciones al derecho a la intimidad y al valor del respeto por la vida privada”, señaló la Delegatura.

La entidad enfatizó que el derecho a la protección de datos personales es una garantía de la intimidad y recordó que las comunicaciones no deseadas, invasivas o realizadas en momentos inadecuados no están cobijadas por el ejercicio legítimo de la libertad económica.

Ley 2300 de 2023: “Ley dejen de fregar”

En el comunicado oficial, la SIC advirtió que contactar a titulares de datos personales con fines publicitarios o de prospección comercial, sin consentimiento expreso, no es legítimo.

“Cualquier actividad que involucre el tratamiento de datos personales para estos fines debe ajustarse de forma estricta a los mandatos de la Ley 1581 de 2012 y de la Ley 2300 de 2023, conocida como la ‘Ley dejen de fregar’”, recalcó la entidad.

Con esta decisión, la Superintendencia reafirma su compromiso con la protección del consumidor digital y envía un mensaje contundente a las empresas que manejan información personal: la privacidad es un derecho, no una opción.

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