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DIAN extiende los plazos para presentar la información exógena 2024
La DIAN estableció nuevos plazos para el reporte de información exógena del año gravable 2024 debido a una contingencia técnica en sus sistemas.
Viernes, Mayo 23, 2025
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) anunció este 23 de mayo de 2025 que, a raíz de una contingencia técnica, se han definido nuevas fechas límite para presentar la información exógena tributaria correspondiente al año gravable 2024. La medida busca dar solución a las dificultades derivadas de la caída en los servicios digitales de la entidad entre el 12 y el 22 de mayo.
La decisión fue formalizada mediante la Resolución 000213 del 23 de mayo de 2025, publicada en el sitio oficial de la DIAN. El cambio aplica a grandes contribuyentes y personas jurídicas y naturales que se vieron afectados por la indisponibilidad de los sistemas.
¿A quién aplica la medida?
El ajuste en el calendario cobija a dos grupos de obligados a reportar información exógena:
Grandes contribuyentes con NIT terminados en 9 y 0, cuyo vencimiento inicial estaba previsto para el 12 y 13 de mayo. Nuevo plazo: 28 de mayo de 2025.
Personas jurídicas y naturales, con un nuevo cronograma detallado según los dos últimos dígitos del NIT:
Últimos dos dígitos del NIT | Nueva fecha límite |
---|---|
01 al 10 | 28 de mayo de 2025 |
11 al 20 | 3 de junio de 2025 |
21 al 30 | 4 de junio de 2025 |
31 al 40 | 5 de junio de 2025 |
41 al 50 | 6 de junio de 2025 |
51 al 60 | 9 de junio de 2025 |
61 al 70 | 10 de junio de 2025 |
71 al 80 | 11 de junio de 2025 |
81 al 90 | 12 de junio de 2025 |
91 al 00 | 13 de junio de 2025 |
Contingencia técnica: origen del ajuste
El comunicado de prensa No. 054 emitido por la entidad explica que el fallo temporal en sus servicios informáticos afectó la presentación oportuna de esta obligación formal. Ante esto, y en línea con el principio de equidad tributaria, la entidad optó por extender los plazos para evitar sanciones por causas ajenas a los contribuyentes.
“El levantamiento de la indisponibilidad también cobija el reporte de la información exógena”, aclara el documento.
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¿Qué deben hacer los contribuyentes?
Desde hoy, quienes estén obligados a reportar información exógena deberán seguir el nuevo cronograma de acuerdo con la terminación de su NIT. La DIAN recomienda a los usuarios verificar sus fechas en el portal oficial y adelantar la preparación de sus reportes para cumplir dentro de los nuevos plazos establecidos.